domingo, 23 de febrero de 2020

Clasificación doctrinaria de las víctimas según subgrupos.


Hola estimados lectores, en esta sección del blog, se estará desarrollando lo que es la clasificación doctrinaria de las víctimas según subgrupos, anteriormente se han venido tratando temas como los diferentes procesos de victimización, el objeto, metodología y fin de la victimilogía, así como las diferencias que existen entre algunos términos relacionados. 


victimizacionFigura 1. víctima (Google imágenes, s.f.).


A continuación, se definirá el concepto de víctima para así proceder a la clasificación de estos.

Víctima: “Alude a la persona, grupo u organización que sufre daños realizables (pero no necesariamente producidos de hecho) causados por la acción punible de uno o más autores” (Dünkel, s.f.). Por lo tanto, cuando se habla de víctima podemos decir que es víctima no solo María, quien sufrió un asalto, o fue golpeada por su pareja, sino que víctima es aquel grupo u organización, que sufrió un gran robo, o alguien incendió el lugar por venganza u algún otro motivo del incendio. Cuando se habla de victima es cuando por algún hecho de carácter punible crea un daño. Normalmente, nos encerramos en la idea de que es víctima solo la persona, pero no necesariamente es así. Ahora en cuanto a la clasificación doctrinaria de las víctimas, se dice que:

En cuanto a lo medular de su obra, Mendelsohn fue el primero es descubrir la existencia de una relación inversamente proporcional entre la culpabilidad del victimario y la participación de la víctima en el hecho que lo victimiza. En otras palabras, que a una mayor participación de la víctima corresponde (en el plano de la realidad, no en el jurídico) una menor culpabilidad del hechor. Además, elaboró una clasificación de las víctimas denominadas como: “Víctimas tan culpables como el infractor; Víctimas más culpables que el infractor y Víctimas Simuladoras” (René, s.f.).
Donde bueno, tenemos a las victimas tan culpables como el infractor: En estos casos de toma mucho como ejemplo el suicidio, cuando la persona normalmente infringe en la situación, que por a o por b, es parte del hecho o suceso. Cuando una persona comete un suicidio, está siendo tan culpable como el infractor ¿por qué? Porque la victima está haciendo lo que haría el infractor, por lo tanto es su culpa realmente. De esto se dice que algunos ejemplos más son: “Mujer, que al provocarse a sí misma al aborto, paga con su vida, mujer que entrega al falso contrayente matrimonial su libreta de ahorro…Victima por voluntad, , ignorancia, escasa culpabilidad” (Dünkel, s.f.).

Una noticia que hace referencia a este tipo de víctimas es la siguiente: https://elpais.com/internacional/2020/01/11/mexico/1578759010_426267.html  donde un hombre infringe su propia muerte por no poder cruzar la frontera.

Resultado de imagen de victima simuladoraFigura 2. Tipología de víctima (Google imágenes, s.f.).

Víctima más culpables que el infractor:  La víctima en este caso se encarga de provocar el hecho, en ejemplos de estos se mencionan los siguientes: “víctima provocadora (muerte en legítima defensa del agresor), propiciadora del delito (borracho que fanfarronea en el bar con el dinero), falsa victima (delito simulado) (Una mujer quiere vengarse de un hombre y le acusa de un crimen de violación)" (Dünkel, s.f.).

Víctima simuladora: Un ejemplo es el de una mujer que golpea y agrede constantemente a su pareja con el fin de que este le golpee y poder acusarlo de agresión. La persona crea el propio hecho punible por si misma.

También es importante mencionar a la víctima completamente inculpable esta cuando "la víctima no tiene ninguna relación o ningún conocimiento de la situación. Se menciona que es la “victima ideal”, con ninguna participación activa" (Dünkel, s.f.) De ejemplos se mencionan: "Atentado con bomba con clientes ocasionalmente presentes en el establecimiento comercial, persona privada de conocimiento que es robada" (Dünkel, s.f.). Este es uno de los casos más comunes.

Esta clasificación demuestra que existen diversos tipos de víctima, donde unas tienen bastante relación o están involucrados con el hecho punitivo, lo cual es interesante, puesto que normalmente las personas solo identifican un solo tipo de víctima. Normalmente, cuando se habla de víctima, no se toman en cuenta las circunstancias, y es solo una víctima, pero dependiendo de las circunstancias en las que se den los hechos, entonces, como se pudo ver anteriormente, se puede dar una clasificación al persona.

En el siguiente vídeo se muestra más información acerca de este tema:




Referencias Bibliográficas:
Camhaji, E. (12 de enero 2020). Jesús García Serna: la muerte que estremeció a una frontera. El País. Consultado el 23/02/2020 desde https://elpais.com/internacional/2020/01/11/mexico/1578759010_426267.html

Dünkel, F. (s.f.). Fundamentos Victimológicos Generales de la Relación entre Victima y Autor en Derecho Penal.




René, E. (s.f.). Origines y fundamentos principales de la victimología.










sábado, 22 de febrero de 2020

Errónea concepción de victimización terciaria como victimización carcelaria.

Hola estimados lectores, en esta entrada del blog se estaría desarrollando el tema de la errónea concepción de victimización terciaria como victimización carcelaria. Esto pues que en muchas ocasiones las personas suelen confundírsele, siendo que a la victimización carcelaria es tomada en cierta parte como la terciaria, es por ello que en el presente se desea poder aclarar el tema.

Para aclarar y comprender mejor el tema, se definirán ambos términos.

Como repaso de una de las entradas anteriores del presente blog, se pudo hablar ya que la victimización terciaria, como un proceso de victimización. Con anterioridad pudimos ver que la victimización terciaria “es el resultado de las vivencias y de los procesos de adscripción y etiquetamiento consecuencia de las victimizaciones primarias y o secundarias precedentes” (Dükel, s.f.). La víctima sigue siendo señalada y sigue siendo considerada una victima de lo sucedido, que por si fuera poco, no solo sufrió del abuso o ataque, sino que sigue siendo victima porque se le “reprocha” y sigue sacando a la luz este tipo se sufrimiento por decirlo de una forma. De igual manera, se dice que esta especie de “valor añadido” a las victimizaciones anteriores, que para mí no es más que la incomprensión y hasta el rechazo que la víctima sufre en su entorno familiar, laboral y en el de sus antiguas amistades (René, s.f.). Por lo tanto, es un proceso que pasa la víctima y en el cual sigue siendo una víctima a causa del suceso que le convirtió en una victimización primaria.

Resultado de imagen de victimizacion terciariaFigura 1. victimización terciaria (Najarro, 2013).


Ahora, en cuanto a la victimización carcelaria, en este caso ya se está hablando de otro tipo de victimización aparte, que de hecho se definirá a continuación: es aquella en dónde el preso es víctima del sistema penal (Arbulora, 2010). En este caso, podemos decir que el victimario pasa a ser víctima. En el sistema penitenciario sufre de ciertas circunstancias que lo hacen ser una víctima. En este caso sigue siendo victimario, pero también sufre de diversos maltratos, tales como el hacinamiento carcelario, esto es considerado una forma de violentar a la persona, puesto que como individuo tiene derechos y estos en todo caso se están violentando e irrespetando. Este tipo de situación no permite que se le den las oportunidades de rehabilitación y reinserción de calidad a las personas privadas de libertad que lo desean, duermen en el suelo y las instalaciones están en muy mal estado. En Costa Rica el hacinamiento carcelario es un gran problema y es un desafío para el país, puesto que como se ha mencionado afecta el funcionamiento penitenciario. Se menciona que:

 En Costa Rica, sobre todo en los últimos tiempos, ha quedado en evidencia el reto que enfrentan los aparatos judicial y penitenciario en cuanto al respeto por los Derechos Humanos de las personas privadas de libertad, pues las condiciones precarias de infraestructura en las que actualmente se ejecutan las sanciones, ponen en riesgo la integridad personal, emocional y física de este grupo poblacional, amén de que propicia un ambiente hostil y violento para quienes, se supone, deben reintegrarse exitosamente a la sociedad a su salida para no reincidir (Chinchilla, 2019).

En el siguiente enlace se puede leer un poco más acerca de este problemático hecho.


 Se dice que otros tipos de violencia son;

Agresiones sexuales, tratos vejatorios entre presos o de funcionarios a los reclusos, drogas, ley del terror: existencia de mafias dentro de la prisión., dudosa alimentación. Por otro lado la victimización post penitenciaria se materializa con el rechazo social que es objeto el recluso una vez que se incorpora a la sociedad, precisamente por su calidad de ex recluso que arrastra (Arburola, 2010).

Cabe recalcar que cuando los privados de libertad terminan y cumplen su pena, en muchas ocasiones se les señala y no se les da oportunidad de trabajo y sufren de rechazo, lo cual están siendo víctimas de la situación, e incluso este tipo de victimización lo sufren sus familiares por ser familiar de una persona privado de libertad entre otros…

Resultado de imagen de victimizacion carcelariaFigura 2. victimización carcelaria (Madrid, 2016).

El siguiente vídeo explica también con mayor profundidad el tema de la victimización carcelaria, por lo tanto recomiendo verlo:


En todo caso, al tener claro qué significan ambas, podemos decir que en todo caso, no deberían de confundirse, puesto que significan totalmente lo contrario, mientras una victimización la sufren las personas que son víctimas, la segunda la sufren los victimarios.

Saludos,
Stacy Espinoza M.


Referencias Bibliográficas.

Arbulora, A. (2010). Victimología penal o criminología. Recuperado de http://www.mailxmail.com/curso-victimologia-penal-criminologica/victimizacion-carcelaria-post-penitenciaria

Chinchilla, L. (27 de octubre 2019). Hacinamiento carcelario y desafíos para el Estado costarricense: Una visión desde los fines útiles de la pena y los Derechos Humanos. ElPaís.cr. Consultado el 22/02/2020 desde https://www.elpais.cr/2019/10/27/hacinamiento-carcelario-y-desafios-para-el-estado-costarricense-una-vision-desde-los-fines-utiles-de-la-pena-y-los-derechos-humanos/

Dünkel, F. (s.f.). Fundamentos Victimológicos Generales de la Relación entre Victima y Autor en Derecho Penal.

Madrid, S. (2016). El delincuente víctima. [Imagen]. Recuperado de https://www.lawandtrends.com/noticias/penal/el-delincuente-victima.html
Najarro, G. (2013). Victimización Terciaria del Acoso Sexual. [Imagen]. http://revictimizacionterciariaporgenero.blogspot.com/2013/11/resignacion-masculina-ante-el-acoso.html  

René, E. (s.f.). Origines y fundamentos principales de la victimología.
UPV/EHU. (2017). Victimización penitenciaria. [Vídeo]. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=Ja7rbjURQ5k

viernes, 21 de febrero de 2020

Diferencia entre Victimización Secundaria y Revictimización.



Hola lectores, en esta nueva entrada del blog, se va a desarrollar el tema de la diferencia que existe entre Victimización Secundaria y la Revictimización.


Resultado de imagen de victimologia secundaria y revictimizacion

Figura 1. Victimilogía secundaria (Google imágenes, s.f.). 


Primero, cabe recalcar que en la entrada anterior, en la cual se desarrollan los procesos de victimización, los cuales haciendo un repaso son: victimización primaria, la secundaria y la terciaria. En este caso, nos centraremos en el victimización secundaria, como bien lo indica el título. Como ya se ha podido ir viendo con anterioridad, la victimización secundaria es aquella la cual se da por parte especialmente de los agentes del estado tales como; jueces, personal de tribunales, policías…Esto, puesto que se le presta la menor importancia a la situación, o se centran más en el hecho y el victmimaria, que la víctima, la cual ha sufrido bastante, más no se le da el tratamiento adecuado o necesario para seguir adelante y poder ser capaz de superar los daños tanto morales como materiales. No se pueda decir que esto suceda de todos los días, puesto que ahora sucede menos que en épocas anteriores, más de igual manera continua sucediendo que la víctima no tiene la relevancia que merece en el caso penal de los hechos. Para ello vamos a recordar lo que se dice de este tipo de proceso:

Esta trata, por el contrario de la agravación de la primera conversión en víctima, debido a la falta de reacción por parte del medio social próximo de la víctima y de las instancias formadas de control social, como por ejemplo la policía o los tribunales (Dükel, s.f.).

Es entonces que dejando claro la definición de victimización secundaria, se procede a definir el término: Revictimización.

La Corte Suprema de Justicia en el documento titulado como: Directrices para reducir la Revictimización de Niños, Niñas y Adolescentes en Condición de Discapacidad en Procesos Judiciales, menciona que la Revictimización es: “Toda acción u omisión que lesione el estado físico, mental y/o psíquico de la persona víctima” (Sistema Costarricense de Información Jurídica, 2010).


Además cabe mencionar que se define o se indica de esta lo siguiente:


La victimización no resulta, atendida y reparada genera sentimientos de impotencia, incomprensión y desapego del sistema, eventualmente odio y deseos de venganza, además, de necesidad de defensa (cuando no hay indefensión adquirida) frente a nuevas a agresiones (revictimización), que son lógicamente, criminógenos) (Fattah, 2014).

Se puede hablar de victiminología secundaria cuando una mujer por ejemplo se acerca a las autoridades de seguridad a iniciar un proceso puesto que sufre de violencia intrafamiliar por parte de su pareja. En este caso, al no contar con las pruebas suficientes, no hay un golpe, pero es porque estos no se pueden ver, ya que son golpes de palabras que ingresan por su cabeza y se impregnan en lo más profundo de su ser; de igual forma es agresión, y hasta golpes que ya no son visibles, entonces le piden a la víctima que muestre pruebas pero no las hay, es entonces que no se hace nada por ayudarle de cierta forma, o podría ser viceversa, en especial si se trata de un hombre, quien es víctima, suele ser visto más como un tabú y como forma de burla en ocasiones, lo cual resulta de igual forma preocupante, porque no siempre se le da la importancia necesaria; o cuando los entes encargado del caso solo se centran en el delito y el victimario, sin tomar en cuenta la situación de la víctima. Más la revictimización, es aquella provocada por ejemplo nuevamente por otra persona, digamos que se sufre de violencia intrafamiliar en casa, pero al alejarse de casa, se ingresa a otro ambiente, donde también otra persona infringe violencia intrafamiliar hacia la misma, haciendo que se vuelva a cometer los hechos o se es víctima de otro tipo de suceso o situación que le deje nuevamente en situación de víctima. 


Resultado de imagen de revictimización

Figura 2. Revictimización (Redacción sociedad, 2019). 


Una definición interesante de la revictimización también es la siguiente:

La revictimización desde el punto de vista de la psicología jurídica y de la victimología, es un fenómeno de creciente interés, por lo que estudiarlo y medirlo resulta de gran relevancia científica y social (Mantilla, 2015).  

Es interesante que en el documento de donde se ha encontrado la definición anterior, se titula como: La revictimización como causal de silencio de la víctima. En el cual se habla más acerca del tema. Se recomienda leer el documento, puesto que posee información relevante y de bastante interés. Por lo tanto, adjunto a continuación el enlace para que pueda ingresar en la página y leerle completo.


Enlace de página: http://www.bvs.hn/RCFH/pdf/2015/pdf/RCFH1-2-2015-4.pdf

Es preocupante la gran cantidad de sucesos que ocurren con violencia a niñas y niños y mujeres, quienes son violentados con más frecuencia.

Y los casos son cada vez más turbios. Una noticia reciente, la cual ha dado la vuelta al mundo y conmovido la situación es el caso de la niña mexicana Fátima. En el cual en los últimos días se ha comenzado a indicar que hubo o pude haber revictimización en el caso de la menor hacia su familia especialmente, en este caso se abriría investigación. Dejo a continuación el enlace la noticia para que se pueda leer con mayor atención:

Enlace de noticia: https://www.excelsior.com.mx/comunidad/se-investigara-si-hubo-revictimizacion-de-familia-de-fatima/1365036

Ahora, estimado/a lector/a le dejo la interrogante, después de conocer más información al respecto, luego de leer la noticia ¿Cree usted que hubo revictimización en el caso?


Saludos,


Stacy Espinoza M. 



Referencias Bibliográficas.


Dünkel, F. (s.f.). Fundamentos Victimológicos Generales de la Relación entre Víctima y Autor en Derecho Penal.


Fattah, E. (2014). Victimología; Pasado, presente y futuro. Canadá.

Mantilla, S. (2015). La revictimización como causal de silencio de la víctima. Honduras. Recuperado de http://www.bvs.hn/RCFH/pdf/2015/pdf/RCFH1-2-2015-4.pdf

Olson, G. (02 de febrero 2020).  Se investigará si hubo revictimización de familia de Fátima. Excelsior. Consultado el 21/02/20 desde https://www.excelsior.com.mx/comunidad/se-investigara-si-hubo-revictimizacion-de-familia-de-fatima/1365036 


Sistema costarricense de información jurídica. (2010). Directrices para reducir la Revictimización de Niños, Niñas y Adolescentes en Condición de Discapacidad en Procesos Judiciales. Recuperado de http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=69432&nValor3=83383&strTipM=TC



jueves, 20 de febrero de 2020

Procesos de Victimización.


Hola, la presente entrada tiene como objetivo desarrollar lo que son los procesos de victimización, que se dividen en la victimización primaria, la secundaria y la terciaria.


Resultado de imagen de victimizaciónFigura 1. Victimización (Conceptodefinición.de., 2019). 


Victimización primaria.

Este proceso de victimización es aquel en el que la victima va a vivir directamente el maltrato. Es decir, cuando se convierte en protagonista de este y lo recibe directamente de otra persona. En otras palabras, se menciona que esta puede:

Entenderse el convertirse en victima debido a la acción punible de uno o más autores, en donde determinadas situaciones y disposiciones de la victima (poco control social,  anonimato, soledad, inseguridad, miedo, modo de vida dinámico) pueden jugar tanto un rol como las relaciones especiales autor-victima (confianza en las costumbres cotidianas de la víctima) (Dünkel, s.f.).

La victimización primaria, en entonces aquella, donde un ciudadano pasa a ser victima de un acto delictivo, por parte de otro sujeto, el cual sería en este caso el autor o criminal en todo caso. Esto puede depender de diversas situaciones, ya sea el ambiente en el que se encuentra o desarrolla la víctima, formas de vivir…Como bien se indica en la cita anterior, también entra en juego la confianza que la víctima llega a tener en cuanto a sus actividades que realiza a diario. Es importante, identificar las circunstancias en las que suceden los hechos, para ello poder identificar qué pudo haber generado que esta persona se haya convertido en víctima.

Victimización Secundaria:

Ahora, al hablar de la victimización secundaria, es importante dejar claro que esta ya abarca otros medios, que ya no son solo autor-víctima, y para darle una definición acertada, se cita a Dükel (s.f), a continuación:

Esta trata, por el contrario de la agravación de la primera conversión en víctima, debido a la falta de reacción por parte del medio social próximo de la victima y de las instancias formadas de control social, como por ejemplo la policía o los tribunales (Dükel, s.f.)
.
En este caso, se convierte la persona en una victima secundaria o bueno pasa de ser una situación de victimización primaria a secundaria, en el momento que no se tomen las medidas necesarias o no se le de la importancia necesaria al caso, así como se logra ver en la cita de Dükel. Este se puede tomar como aquella falta de importancia que se le da a la víctima, a pesar de que esta es la que más ha sufrido en cierto modo durante el proceso, tanto de victimización como parte del daño que el victimario le ha causado, es la que es más dejada de lado con todo y sus necesidades, especialmente, cuando la victima necesita o merece algún tipo de terapia o recuperación de algún bien por decirlo de una forma, y entonces es cuando en todo caso no se le da la importancia, se le deja de lado, para centrarse solamente en la persona que a cometido el acto.  Como por ejemplo, cuando una persona ha sufrido tanto física como moralmente durante el momento que se convierte en una víctima, pero entonces vemos que a la hora de un juicio se le da pena de cárcel al actor, entonces en este caso la victima queda de lado, y se dice que queda de lado, porque si bien al delincuente se le da su castigo, dentro de la cárcel tiene oportunidades de rehabilitación y una adecuada reinserción social, lo cual deja a la victima sin ningún beneficio realmente, puesto que psicológicamente ha quedado marcada por el suceso o el hecho; y además en mucho casos hasta con pérdidas materiales, más vemos como el victimario cumple una pena pero con oportunidades.

Así se menciona en la siguiente cita:

La relación “procesal” se instituye entre el Estado y el delincuente, relegando a la víctima a mero sujeto pasivo del delito. Frente a ello, continúa indicando la precitada autora, “la posición de la víctima queda desdibujada y reducida, en la mayor parte de los casos, a un papel puramente testifical, como mero objeto de investigación procesal. Por último, todo el sistema se dirige a la reinserción social del penado, sin tomar en cuenta las necesidades de asistencia y resocialización que, en muchas ocasiones, presenta la víctima” (Sánchez 2015).

Victimización terciaria:

De esta se indica que “es el resultado de las vivencias y de los procesos de adscripción y etiquetamiento consecuencia de las victimizaciones primarias y o secundarias precedentes” (Dükel, s.f.). Lo cual quiere decir en sí, que por ejemplo, se es victima de violencia doméstica, esta persona pasa a ser parte de la victimización primaria, y segundamente, también de la victimización secundaria, pues pasa a ser sin relevancia en el caso realmente, donde se centran más en el actor ¿qué sucede en estos casos? La victima se crea una idea de que es una victima constante o de por vida. Puesto que no se hace la real justicia o no gana nada con la penalización del victimario.  De hecho, Dükel (s.f.), hace mención de que esta se caracteriza por el hecho de que la autodefinición como victima se convierte en un elemento central de la personalidad. 

En la siguiente imagen podemos observar un pequeño resumen de lo mencionado anteriormente, para con ello quede más claro la idea de lo que estos procesos de victimización significan:

Resultado de imagen de victimización primariaFigura 2. Tipos de victimización (Google imágenes, s.f.). 

Una noticia que podría abarcar como ejemplo de todos los procesos de victimización es el suceso sucedido en Costa Rica a inicios del año 2020, donde se convierte la persona fallecida en la primera víctima de homicidio del año en el país. Se menciona que “una mujer adulta fue asesinada de un balazo en la cabeza la madrugada de este miércoles (1 de enero), en el sector de Cot de Cartago, informó la cruz roja” (Paniagua, 2020). El caso es que se desconocía el actor, y la mujer pasa a ser victima primaria en el momento que su vida es tomada, y segundo, que luego pasa a segundo plano en cuanto a las autoridades, porque si bien no sabían quién podría ser el victimario, después este si se encontrara y fuese enjuiciado tendría más oportunidades, mientras tanto la victima no las tendría más, y por último, será una víctima siempre porque ya no tuvo más oportunidades, y los demás en sí la recordarán como una víctima de homicidio. En este caso el tercer proceso no entra tanto en juego, puesto que ya la víctima no puede actuar al respecto...Pero su familia quedará marcada por el suceso. 


Pueden ingresar al siguiente enlace para leer la noticia completa: https://www.crhoy.com/nacionales/primer-asesinato-del-2020-mujer-muere-de-multiples-balazos/

Referencias Bibliográficas.

Conceptodefinicion.de, Redacción. (2019). Victimización. [Imagen]. Recuperado de https://conceptodefinicion.de/victimizacion/

Dünkel, F. (s.f.). Fundamentos Victimológicos Generales de la Relación entre Victima y Autor en Derecho Penal.


Paniagua, J. (1 enero 2020). Primer asesinato del 2020: mujer muere de balazo en la cabeza. Crhoy.com. Consultado el 20/02/2020 desde https://www.crhoy.com/nacionales/primer-asesinato-del-2020-mujer-muere-de-multiples-balazos/

Sánchez, A. (2015). Justicia y Memoria: Contra el Olvido de las Víctimas.  Sevilla: España.


martes, 18 de febrero de 2020

Objeto, metodología y fin de la victimología

Hola lectores y lectoras, reciban un cordial saludo de mi parte, el presente tiene como objeto explicar el tema de la victimología, en esta primera entrada, se desarrollará el objeto, metodología y fin de la misma.

Resultado de imagen de victimologia que esFigura 1. Victimología (Google imágenes, s.f.).

Si bien a la hora de hablar de víctima o victimización es un tanto normal que la mayoría de las personas inmediatamente piensen en una victima de un delito o un acto de delincuencia, pero la realidad es que cabe recalcar que al hablar de victimología también lo que se menciona a continuación

La victimología debe ocuparse de los pueblos victimizados que padecen de hambre y miseria a consecuencia en unos casos de pésimos y corruptos gobiernos y en otros de la división internacional del trabajo. Como se observa, para Mendelshon, el delictivo es sólo uno de los factores -y acaso el menos importante- de la victimización universal (René, s.f.).

Cuando se habla de víctima, se abarcan a todas aquellas personas que sufren a causa de algún motivo, a nivel mundial. No necesariamente, como se logró mencionar con anterioridad, victima no es solo el que ha pasado por un asalto o un acto delictivo en general. Es importante mencionar que a la víctima años atrás, nunca fue tomada con relevancia en cuanto a un juicio o en el tratamiento de pena cuando se trataban los delitos. Fue años después qué se le fue tomando importancia. Una de las ideas de la victimología en sí, es el estudio de la víctima, las condiciones, etc…  Llama la atención que se dice que “Algún victimólogo pretende encontrar la causa del olvido de las víctimas en el miedo que inspira el criminal. Y cándidamente se pregunta: “Quién le teme al cordero” Otros creen que la explicación está en que nos identificamos con el criminal y no con la víctima” (René, s.f.).

Además, se menciona que:

El Dr. Luis Rodríguez Manzanera tajantemente afirma que: «La Victimología no se agota con el estudio del sujeto pasivo del delito, sino que atiende a otras personas que son afectadas y a otros campos no delictivos como puede ser el de los accidentes (René, s.f.).

Lo anterior, afirma lo que se ha mencionado anteriormente. Ahora, la victimología es parte una rama de la criminología, se conoce que la criminología en sí es una ciencia empírica e interdisciplinaria que se encarga del estudio del fenómeno delictivo y criminal, su estudio abarca en si a la criminalidad, la sociedad, al delincuente y además al victimario, y es aquí donde vemos cierta relación con la victimología. Edmundo René (s.f.), en su documento titulado como Origines y fundamentos principales de la victimología menciona de esta que “la Victimología no concibe al delito «como un producto unilateral de la decisión de un autor, sino como resultado de la interacción entre el autor y la víctima.»”.

En cuanto a quienes son considerados como los padres de la victimología, la mayoría de los libros y documentos acerca del tema, mencionan a Mendelsonh y a Von Hentig. Ellos decían que:

Las víctimas pueden jugar un papel importante o no en la comisión de los delitos, de allí su clasificación como: víctimas enteramente inocentes o víctimas provocadoras, con estas se puede hacer una investigación para disminuir posibles victimizaciones posteriores (Barrantes, 2013).

El papel que juega la victima en un acto, es de suma importancia, más, depende de la situación, así será la importancia que se le tome. En Costa Rica, existe una ley de protección a la víctima. Para conocer más información de esta puede ingresar al siguiente enlace y revisar todos los puntos necesarios e importantes en la misma, acerca de la víctima:

Ley de protección a victimas, testigos y demás sujetos intervinientes en el proceso penal, reformas, y adición al Código Procesal Penal y Código Penal: http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=65274&nValor3=76217&strTipM=TC  

En sí, la idea es tomar en cuenta a la victima, y darle la protección necesaria, en cuanto al proceso penal, puesto que en muchas ocasiones la persona víctima se encuentra en un estado de vulnerabilidad, entonces el Estado brinda protección a estos, así como a los testigos de dicho proceso. Es importante tener en cuenta y estar al tanto de las leyes del país, y de conocer acerca de la protección a la víctima en este tipo de casos, y cómo se procede, puesto que como criminológos, es un deber estar informado de este tipo de información, así como ciudadanos, quienes no están exentos de ser participe en algún momento. En muchas ocasiones, se desconocen muchas leyes y el funcionamiento de muchas situaciones en el país, y es bastante preocupante, es por ello, que se incentiva a leer con más detalle la ley anterior en el enlace brindado. 

Hay un dato que llama la atención y es necesario que se conozca acerca de la victimología y como es vista normalmente en el país y es el siguiente:

En el ámbito penal de Costa Rica muchos hablan de la victimología enfatizando a la víctima como merecedora de un sinfín de derechos, para curar las lesiones, restituirles la paz, reparar el daño moral y evitarles la victimización secundaria por parte del hostigamiento de la misma administración de justicia entre otras. Sin embargo es preciso advertir que la víctima no es el único centro del estudio de la victimología, ni tampoco la reparación del daño causado es el único centro de estudio de la victimología (Barrantes, 2013).

El siguiente vídeo explica más acerca de la victimología y su objeto, el cual posee información relevante y llama la atención la forma clara en la que la chica brinda la información:

vídeo 1. ¿Qué es la victimología? (UPV/EHU,2016). 

La victimología, siendo una ciencia social, así como lo es la criminología, anteriormente se definió lo que es la criminología, y tal y como se menciona en el vídeo anterior, cabe recalcar que al igual que esta última, la victimología es una ciencia empiríca e interdisciplinaria. ¿Por qué se dice que es empiríca, pues, porque como se ido mencionando, la victimología se basa en hechos, y observaciones de situaciones que han sucedido, por lo tanto se le denomina así. Y esta abarca diversas ramas también, porque depende la situación, se deben de analizar desde diversas disciplinas.  


¡Saludos!


Referencias Bibliográficas. 

Barrantes, J. (26 de octubre del 2013). La victimología en Costa Rica. La República. Recuperado el 18/02/2020 desde https://www.larepublica.net/noticia/la_victimologia_en_costa_rica


René, E. (s.f.). Origines y fundamentos principales de la victimología. 

UPV/EHU. (2016). ¿Qué es la vicimología? [Vídeo]. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=XI-N0QhQmx0 




Clasificación doctrinaria de las víctimas según subgrupos.

Hola estimados lectores, en esta sección del blog, se estará desarrollando lo que es la clasificación doctrinaria de las víctimas según su...